
Opinión: El Fallo Absolutorio en el Caso Gustavo Gatica y el Rol de Carabineros de Chile
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La Municipalidad de Las Condes, liderada por Lavín, enfrenta cuestionamientos por la indemnización a Inmobiliaria Nueva El Golf y la falta de responsabilidad en errores administrativos.
Opinión15 de julio de 2025 Por Patricio Herman
En días recientes unos medios de prensa han informado, asociado a la improcedente indemnización de US$ 10 millones que ha pagado la Municipalidad de Las Condes a la Inmobiliaria Nueva El Golf SpA, que el jefe de control de esa corporación de derecho público, Román Pino, como era su deber, le informó por escrito al alcalde Joaquín Lavín que no debía firmar la invalidación del permiso de edificación N° 40, de 2013, mal otorgado por la Dirección de Obras Municipales (DOM) a dicha inmobiliaria. Ese acto administrativo fue erróneo, porque el privado consideró que el terreno en donde se emplazó el proyecto disponía de una superficie superior a la que efectivamente tenía, ello para acogerse a los beneficios constructivos que entrega la figura del Conjunto Armónico.
Este oficio del funcionario Pino, de abril de 2018, iba con copia a los 10 concejales y al secretario municipal, los que misteriosamente han mantenido durante todos estos 7 años un silencio sepulcral. Ahora bien, algunos de ellos ¿se atreverán a hablar públicamente? Si no son obligados, por una instancia superior, para que digan cuales fueron las razones que tuvieron para convalidar el "error" del alcalde no lo harán, pues todos ellos son incondicionales de Lavín. Entonces, si nos ponemos agudos, surge la interrogante, ¿porqué el alcalde tenía interés en invalidar el permiso?
La responsabilidad de invalidar el permiso le correspondía exclusivamente a la funcionaria que lo otorgó, materia que es sobradamente conocida por todos los arquitectos y abogados que ejercen cargos en los municipios. Pues bien, la DOM que cometió el error de aprobar la solicitud de ese permiso a la aludida inmobiliaria cometió otro error, lo que ya es un desacato, pues no procedió a invalidar dicho permiso, conforme a la instrucción recibida por parte de la Seremi de Vivienda y Urbanismo, función del gobierno central que es su superiora jerárquica. En estricto rigor, Lavín en su calidad de jefe administrativo de la DOM la debió destituir ipso facto por su proceder negligente, pero no lo hizo y más encima incurrió en el mencionado equívoco de marca mayor.
Si la DOM de Las Condes hubiera ejercido con probidad sus atribuciones, hoy en día no estaríamos hablando de este burlesco acontecimiento porque no habría existido la altísima indemnización en comento y por ello es muy importante que todos aquellos que se desempeñan en la Administración del Estado conozcan en plenitud sus deberes, mal que mal reciben magníficos sueldos que se acrecientan con suculentas "horas extraordinarias", fijadas por ellos mismos, que se pagan religiosamente mes a mes.
Por lo relatado queda en evidencia que Lavín debió haber tenido extrañas motivaciones al proceder tan irresponsablemente y por ello, para evitar que este sospechoso asunto se transforme en un nuevo hecho de impunidad, necesariamente tiene que ser investigado por un competente y probo fiscal del Ministerio Público, lo que todavía no acontece.

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